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La Comunidad LGTBI y la discriminación en el sector sanitario

Aún hoy en día existe discriminación en el ámbito de la salud hacia personas LGTBI. Un ejemplo es que aún nos encontramos con profesionales de la salud (medicina, psiquiatría, psicología…) que pretenden “curar” a personas pertenecientes a la comunidad LGTBI, muchas personas del colectivo tienen problemas para solicitar la prueba del VIH por las reacciones y comentarios que obtienen por parte del personal médico, muchas mujeres que mantienen relaciones homosexuales no reciben toda la información que necesitan desde ginecología, etc.

Estudios realizados al colectivo de gais, lesbianas, transexuales, bisexuales e intersexuales apuntan a que, en comparación con la población heterosexual, hay una mayor prevalencia de ciertos problemas de salud, como trastornos de depresión y ansiedad, suicidio, consumo de tabaco, alcohol y otras drogas recreativas, enfermedades cardiovasculares, infecciones de transmisión sexual (ITS), etc.

La ley 8/2017, del 28 de diciembre para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía, dedica el Capitulo V al Ámbito de la Salud.

Así por ejemplo:

 – Artículo 28, se contemplan medidas en el ámbito de la salud integral, sexual y reproductiva.

 – Artículo 29, hace referencia a la atención sanitaria a personas intersexuales.

  • Artículo 30, se mencionan las medidas de información y formación del personal sanitario.

Desde Inserta Andalucía nos hemos propuesto defender los derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales y hacer difusión de la Ley LGTBI en Andalucía que les garantiza el cumplimiento de estos.

Para más información sobre los derechos recogidos en esta ley pulsa este enlace:

https://insertandalucia.com/ley-lgtbi-andalucia/

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